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Juicio al Lehendakari

eaj_lasarte-oria @ 11:47

Escrito de Defensa presentado por los representantes legales del Lehendakari a la Sala de lo Civil y lo Penal del Tribunal de Justicia del País Vasco

La representación legal del Lehendakari presentará en las próximas horas el correspondiente escrito de defensa ante la Sala de lo Civil y lo Penal del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, una vez que el magistrado juez instructor y la propia Sala hayan decidido llevar a cabo un juicio oral atendiendo única y exclusivamente el criterio y la acusación del Foro Ermua.

En este escrito, que cumple con los trámites legales establecidos, la defensa del Lehendakari planteará una cuestión previa y preliminar con el fin de que el juicio oral no llegue a celebrarse.

Y no debe celebrarse atendiendo a la doctrina establecida por la Audiencia Nacional, según la cual no puede llevarse a cabo un juicio oral sustentado en la existencia de una única acusación popular y sin que exista ni acusación pública del Ministerio Fiscal, ni acusación particular de ningún perjudicado.

Consideramos que la ausencia de acusación particular a lo largo de toda la instrucción, junto con el escrito de calificación del Ministerio Fiscal y la no personación como acusación particular en las Diligencias Previas de las partes legitimadas en el proceso que dio lugar a la ilegalización de Batasuna como partido político, en este caso la Abogacía del Estado, hacen que, de conformidad de lo previsto en el artículo 782.1 y 2 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, no tenga cabida legal sostener un juicio oral solo a instancia de las acusaciones populares.

El escrito de defensa recuerda que el 22 de marzo del año 2006 ETA anunciaba un alto el fuego permanente, hecho que originó un escenario de ilusión y esperanza en el conjunto de la sociedad.

Los responsables políticos e institucionales no fueron insensibles a este anuncio y el Congreso de los Diputados aprobó por mayoría una declaración que muestra la clara voluntad de la sociedad y de sus instituciones para acometer un fin dialogado de la violencia si se producen las condiciones adecuadas.

Además se hace un expreso apoyo a los procesos de diálogo entre los poderes competentes del Estado – y el Lehendakari es uno de ellos – y quienes decidan abandonar la violencia.

Es decir, con carácter previo a los encuentros mantenidos por el Lehendakari con Batasuna, existen una serie de acontecimientos públicos y de acuerdos políticos en el Congreso que abogan por explorar las vías del diálogo como medio de poner fin a la violencia.

La defensa recuerda igualmente que la Sala Especial del Tribunal Supremo que decretó la ilegalización de Batasuna no dio orden expresa, concreta y  directa al Lehendakari para que anulara o suspendiera la reunión que tenía prevista con ex dirigentes de Batasuna y ello a pesar de ser pública y notoria su convocatoria de forma previa.

Tampoco el Juzgado Central de Instrucción num. 5 de la Audiencia Nacional dirigió al Lehendakari requerimiento alguno en relación a dicha reunión ni le impuso ninguna obligación

No es banal recordar que la Ley de Partidos Políticos, señala en su artículo 12.2 que: “Corresponde a la Sala sentenciadora asegurar, en trámite de ejecución de sentencia, que se respeten y ejecuten todos los efectos previstos por las leyes para el supuesto de disolución de un partido político.”

En consecuencia difícilmente se puede desobedecer a alguien que no ha expresado criterio previo alguno.

Es necesario también recordar que el Lehendakari ha sostenido siempre, y así se lo hizo saber al magistrado instructor, que su responsabilidad como máximo representante de Euskadi consiste en hablar y en dialogar entre todos y con todos, para construir un camino que nos traiga a todos la paz y la definitiva desaparición de la violencia, además de alcanzar acuerdos que aporten normalidad política.

Este principio político – el del diálogo -, universalmente concebido y apreciado en todo el Mundo, se ha echado por tierra fruto de la politización de la Justicia.

No es la primera ni será la última vez que se han llevado a cabo acciones políticas similares a las que han servido para imputar al Lehendakari.

Los gobiernos estatales anteriores al actual, tanto del Partido Popular como del Partido Socialista, dialogaron en su día con el entorno de Batasuna y con dirigentes de ETA, para buscar soluciones pacíficas, por ser tal cuestión un tema de prioridad política evidente para el conjunto de la sociedad.

Es decir, Felipe González habló con ETA y con Batasuna. Aznar habló con ETA y con Batasuna. José Luís Rodríguez Zapatero ha hablado con ETA, y con Batasuna exactamente en la misma coyuntura que lo hizo el Lehendakari.

Nadie ha considerado nunca que cometieron delito alguno.

¿Por qué el Lehendakari sí y todos los demás no?

¡Porque estamos ante un juicio político por hacer política!

¿Acaso la ley de partidos quiso ilegalizar al conjunto de la sociedad vasca y dejarnos aquí un regalo de indeterminación y arbitrariedad sobre a quiénes la Justicia perseguirá o dejará de perseguir por convivir, por hablar, por buscar la paz?

Debemos recordar que el Tribunal Supremo ya ha establecido que la acción política de los gobiernos es susceptible de ser controlada por los respectivos parlamentos bajo el principio fundamental de la separación de poderes.

En ningún caso corresponde a la Justicia controlar la acción política de un Gobierno so pena de pretender alterar el principio de separación de poderes que garantiza el correcto funcionamiento del sistema democrático.

La defensa del Lehendakari planteará como elementos de prueba el acuerdo programático de coalición del actual Gobierno Vasco, el discurso que Juan José Ibarretxe pronunció con motivo de su investidura, así como otras pruebas documentales.

Igualmente se planteará como pruebas periciales y testificales que se cite a declarar, entre otras, a las siguientes personas:

JOSU JON IMAZ, Presidente del EBB del PNV.

BEGOÑA ERRAZTI, Presidenta de Eusko Alkartasuna.

JAVIER MADRAZO, Coordinador General de Ezker Batua.

ADOLFO PÉREZ ESQUIVEL, Premio Nobel de la Paz.

ROELF MEYER, Asesor para el Gobierno Sudafricano y diversas organizaciones internacionales como el Banco Mundial.

MATHEWS PHOSA, miembro del Comité ejecutivo, Congreso Nacional Africano.

HARRY BARNES, consultor, Director del Departamento de resolución de conflictos del “Centro Carter”, estudió el canal de comunicación entre ETA y el Gobierno español.

NANCY SODERBERG, ex-embajadora de Estados Unidos ante la ONU y Consejera del Presidente Clinton, enviada especial para el proceso de paz irlandés.

MATEO ZUPPI, Sacerdote y Asistente Eclesiástico de la Comunidad de Sant Égidio.

 

BRIAN CURRIN, Fundador de la “Liga de Abogados por los Derechos Humanos” en Sudáfrica y Coordinador de la Comisión de Revisión de Sentencias en Irlanda del Norte.

JAVIER ZARZALEJOS, ex–Asesor del Presidente del Gobierno español.

JAIME MAYOR OREJA, ex–Ministro de Interior del Gobierno español.

JOSÉ MARÍA AZNAR LÓPEZ, ex–Presidente del Gobierno español.

JESÚS EGUIGUREN, parlamentario por el PSE-EE en el Parlamento Vasco.

ALFREDO PÉREZ RUBALCABA, Ministro de Interior del Gobierno español.

JOSE LUIS RODRÍGUEZ ZAPATERO, Presidente del Gobierno español.

Todo ello para dejar clara y meridianamente demostrado que el diálogo político es un principio democrático a preservar y no una acción política a penalizar y que así está asumido además en la comunidad internacional.

Vamos a demostrar que el diálogo en sí mismo, como herramienta fundamental para avanzar en la búsqueda de solución a cualesquiera problemas que tenga planteados la humanidad, no está penado en ninguna parte del mundo y goza de legitimidad bajo cualquiera de las perspectivas que se mire, política o estrictamente jurídica.

Vamos a demostrar que en este proceso penal contra el LHK se ha hecho una interpretación completamente interesada y errónea de la ley, incluidas tanto la ley penal como la ley de partidos políticos, que bajo ningún concepto prohíben o castigan, ni por supuesto que puedan hacerlo, a quienes buscan la paz a través del diálogo.

Vamos a demostrar en este lamentable juicio oral que buscar la paz sólo puede ser un delito en mentes que manipulan el Derecho para aplicarlo torcido.

 

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